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Política KYC y Verificación de Identidad

Última actualización: May 30, 2026

Contenido del Documento

1. Objeto2. Alcance actual3. Datos utilizados4. Finalidad5. Flujo de verificación6. Documentos vencidos7. Revisión automática y humana8. Retención de imágenes9. Límites y reintentos10. PEP, listas y debida diligencia reforzada11. Personas jurídicas12. DataCred Cash13. Seguridad14. Derechos del titular15. Marco jurídico16. Revisión

POLÍTICA KYC Y VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD

Versión: CO-2026.10.02-KYC1

Fecha de vigencia: 2 de octubre de 2026

Entidad: DataCred Tech S.A.S.

NIT: 902112751-6

Propietario y fundador: Isacc Lara González

Domicilio: CL 30 A # CR 79-32, AP 104, Medellín, Antioquia, Colombia

Correo: app@datacred.org

Teléfono: +57 302 668 4956

1. Objeto

Esta política describe el marco de conocimiento del cliente y verificación de identidad utilizado por DataCred Tech S.A.S. para proteger la integridad de DataCred, reducir fraude, prevenir suplantación y aplicar controles proporcionales al riesgo.

La verificación KYC de DataCred es un control privado de identidad. No convierte a DataCred Tech S.A.S. en banco, establecimiento de crédito vigilado ni entidad financiera regulada.

2. Alcance actual

El flujo KYC de consumidor actualmente soporta documentos venezolanos y utiliza la cédula venezolana como identificador canónico de identidad.

Los tipos actualmente admitidos por el backend son:

  • cédula venezolana V;
  • cédula venezolana E;
  • pasaporte venezolano que permita identificar la cédula del titular;
  • licencia de conducir venezolana que permita identificar la cédula del titular.

La existencia de DataCred Tech S.A.S. en Colombia no significa que el flujo actual de verificación acepte automáticamente documentos colombianos u otros documentos internacionales.

Cuando se habiliten nuevos países o tipos documentales, deberán incorporarse primero a los controles técnicos y luego reflejarse en esta política.

3. Datos utilizados

Según el documento y el flujo, DataCred puede tratar:

  • nombre completo;
  • número de documento;
  • fecha de nacimiento;
  • fecha de vencimiento;
  • imagen frontal;
  • imagen posterior cuando corresponda;
  • selfie;
  • señales de coincidencia facial;
  • señales de vitalidad;
  • calidad y consistencia documental;
  • país y tipo documental;
  • hashes técnicos para detectar duplicidad o reutilización.

Los datos biométricos son datos sensibles bajo el régimen colombiano. Cuando su tratamiento requiera autorización del titular, DataCred debe informar su naturaleza sensible, la finalidad concreta y obtener la autorización correspondiente.

4. Finalidad

La información KYC se utiliza para:

  • comprobar razonablemente que la persona que controla la cuenta corresponde con la identidad presentada;
  • reducir suplantación, fraude documental e identidades sintéticas;
  • impedir que una misma identidad sea utilizada indebidamente en varias cuentas;
  • proteger productos con mayor riesgo;
  • apoyar controles antifraude;
  • cumplir requisitos jurídicos o contractuales aplicables;
  • realizar revisiones manuales cuando los controles automáticos no sean concluyentes.

La información KYC no se utiliza para crear perfiles comerciales incompatibles con estas finalidades.

5. Flujo de verificación

El flujo puede utilizar OCR, análisis documental, comparación entre fuentes, comparación facial, detección de vitalidad y reglas automáticas de consistencia.

Una verificación puede terminar en:

  • APPROVED: los controles alcanzaron el nivel requerido o un revisor humano aprobó el caso;
  • REJECTED: existe evidencia suficiente para rechazar el envío;
  • REQUIRES_REVIEW: el sistema no tiene certeza suficiente y requiere revisión humana;
  • EXPIRED: el intento venció sin completar una decisión;
  • estados técnicos intermedios como PENDING, UPLOADED o VALIDATING.

Un error de infraestructura, proveedor o procesamiento no debe convertirse automáticamente en un veredicto de fraude.

6. Documentos vencidos

Un documento vencido no se considera fraude por el solo hecho de estar vencido.

En el flujo actual, un documento venezolano vencido puede ser enviado a revisión manual en lugar de ser rechazado automáticamente, cuando los demás elementos permitan una revisión útil.

DataCred puede rechazar o solicitar otro documento cuando no sea posible verificar razonablemente la identidad.

7. Revisión automática y humana

DataCred utiliza umbrales técnicos para decidir cuándo una verificación puede aprobarse automáticamente y cuándo debe enviarse a revisión.

Las señales automáticas se consideran en conjunto.

Una sola señal débil o ambigua no debe convertirse por sí sola en una acusación de fraude.

Los revisores humanos solo pueden acceder a los documentos cuando cuentan con los permisos administrativos correspondientes y durante la ventana de revisión aplicable.

8. Retención de imágenes

DataCred aplica retención corta a documentos y selfies:

  • los casos APPROVED y REJECTED eliminan las imágenes al concluir la decisión;
  • intentos incompletos en PENDING, UPLOADED o VALIDATING tienen una ventana máxima operativa de 24 horas;
  • casos REQUIRES_REVIEW pueden conservar las imágenes hasta 7 días para revisión humana;
  • si la revisión concluye antes, las imágenes se eliminan antes;
  • los archivos vencidos se purgan mediante procesos internos automatizados.

DataCred puede conservar resultados estructurados, estados, hashes y evidencia mínima necesaria para prevenir fraude o demostrar la verificación, sin conservar indefinidamente las imágenes crudas.

9. Límites y reintentos

Para reducir abuso y costos de procesamiento, DataCred puede aplicar límites diarios de envíos y límites de reintento.

Estos límites son controles operativos y pueden cambiar sin modificar la naturaleza jurídica del proceso.

Un usuario legítimo puede volver a intentar una verificación cuando un envío haya sido rechazado, haya expirado o el sistema permita iniciar nuevamente.

10. PEP, listas y debida diligencia reforzada

El flujo técnico de verificación de identidad no debe confundirse con un sistema completo de listas restrictivas o PEP.

DataCred Tech S.A.S. puede aplicar controles PEP, listas restrictivas, beneficiario final, origen de fondos u otras medidas de debida diligencia reforzada cuando el producto, contraparte o nivel de riesgo lo justifique.

La condición PEP no implica automáticamente rechazo.

Cuando resulte aplicable a un sujeto obligado, la clasificación y tratamiento de PEP se ajustará al marco colombiano vigente, incluido el Decreto 830 de 2021 y las normas que lo modifiquen o sustituyan.

11. Personas jurídicas

Las empresas afiliadas y demás personas jurídicas pueden estar sujetas a controles distintos del KYC de consumidor, incluyendo:

  • existencia y representación;
  • NIT o registro;
  • representante autorizado;
  • actividad económica;
  • beneficiario final cuando corresponda;
  • finalidad de la relación;
  • controles adicionales de riesgo.

Estos controles se aplican de manera proporcional y pueden apoyarse en documentación empresarial separada.

12. DataCred Cash

DataCred Cash opera únicamente en Venezuela para nuevas originaciones.

DataCred Tech S.A.S. sigue siendo la entidad acreedora colombiana, financia el crédito con recursos propios, envía u ordena el desembolso y recibe el pago.

La disponibilidad de Cash desde una IP venezolana no reemplaza la verificación de identidad ni los demás controles de elegibilidad.

13. Seguridad

Los documentos KYC se almacenan en entornos privados durante el período estrictamente necesario.

DataCred limita el acceso a imágenes y datos sensibles, evita exponerlos en logs y aplica controles administrativos reforzados para revisión manual.

Las credenciales, secretos y datos de identidad no deben compartirse por canales no autorizados.

14. Derechos del titular

El titular puede ejercer los derechos de conocimiento, actualización, rectificación, supresión y demás derechos aplicables conforme al régimen colombiano de protección de datos.

El tratamiento de datos sensibles exige las salvaguardas reforzadas correspondientes.

Contacto:

app@datacred.org

+57 302 668 4956

CL 30 A # CR 79-32, AP 104, Medellín, Colombia

15. Marco jurídico

Esta política se interpreta de acuerdo con la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015, la Ley 1266 de 2008 cuando corresponda, el Decreto 830 de 2021 para PEP cuando resulte aplicable y las demás normas colombianas vigentes.

16. Revisión

La política debe revisarse cuando cambien:

  • los documentos admitidos;
  • el proveedor o tecnología de verificación;
  • el uso de biometría;
  • los países soportados;
  • los períodos de retención;
  • los productos que exijan KYC;
  • las obligaciones regulatorias aplicables.

DataCred Tech S.A.S.

NIT 902112751-6

Medellín, Colombia